martes, 14 de julio de 2009

Todos en el mismo saco


Laviana pone límites a la tenencia de perros. El Ayuntamiento ha aprobado inicialmente una ordenanza que obliga a solicitar licencia municipal a todas las personas que quieran tener un animal potencialmente peligroso.

Según la ordenanza, que se somete ahora a información pública, para poder tener un perro de una raza considerada peligrosa o un perro con una serie de características físicas que le capaciten para causar la muerte o lesiones a las personas u otros animales, los interesados deberán solicitar previamente una licencia municipal. Para obtenerla será necesario acreditar los siguientes requisitos: ser mayor de edad; no haber sido condenado por delitos de homicidio o tortura, contra la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos; certificado de aptitud psicológica y física; acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por una cuantía mínima de 120.000 euros; no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves; tener identificado al animal con su cartilla sanitaria; vacuna antirrábica obligatoria, y certificado veterinario de esterilización del animal para los perros de ataque.

En espacios públicos, los dueños de perros deberán llevar consigo la licencia y los animales deberán llevar bozal y ser conducidos con correa no extensible de menos de dos metros. Si el perro está en una finca o patio, deberá estar atado a no ser que disponga de habitáculo.

Ejemplares de las razas:
Pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu, akita inu.

Con las características:

Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto y configuración atlética. Marcado carácter. Pelo corto. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kilos. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda. Cuello ancho, musculoso y corto. Pecho macizo, ancho, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores musculosas.
(LNE)

De acuerdo. Pero existen muchos peros. Una normativa de estas características debería de ir acompañada de mucha información, a los ciudadanos en general, a los dueños de mascotas, a la Policía local...en definitiva debe realizarse un esfuerzo para evitar en el futuro situaciones engorrosas para todos por malas interpretaciones o desconocimiento. Por otro lado, debe pensarse desde el Ayuntamiento también en el acondicionamiento de espacios para este tipo de animales, bien entendido, realmente domésticos y nunca de pelea o agresivos.
Y por último debería el Ayuntamiento también, realizar un esfuerzo para controlar a esos otros "animales" que destrozan nuestro mobiliario urbano y perturban el descanso de los vecinos de Laviana.

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